Cargo ocupado por el Sr.
Gerardo Jara Matus
Sus funciones son:
Colaborará directamente con el Alcalde en las
tareas de coordinación y gestión permanente del municipio, y en la
elaboración y seguimiento del Plan Anual de Acción Municipal (PAM),
y ejercerá las siguientes atribuciones delegadas por el Alcalde sin
ser una enumeración taxativa:
a) Alcalde subrogante.
b) Proponer al Alcalde la organización interna municipal.
c) Dictar resoluciones obligatorias de carácter interno del
municipio.
d) Ejecutar tareas de coordinación de todas las unidades
municipales, de acuerdo a
las instrucciones del Alcalde y de este manual de funciones.
e) Cuando exista atribución delegada del Alcalde firmará
resoluciones, permisos
administrativos, licencias médicas, cometidos funcionarios, u otros
documentos
internos.
f) Y todas aquellas atribuciones que le delegue el Alcalde
Teléfono de contacto: 42-2203903.-
Cargo ocupado por el Sr. Rodrigo Riquelme Zúñiga.
La Dirección de Administración y Finanzas, tendrá como objetivo, procurar la óptima provisión, asignación y utilización de los recursos, materiales y humanos para el funcionamiento municipal.
La Dirección de Administración y Finanzas, le corresponderán
las siguientes funciones
generales:
a) Asesorar al Alcalde en la Administración del Personal de la
Municipalidad,
b) Asesorar al Alcalde en la Administración financiera de los bienes
municipales.
Funciones específicas:
a) Estudiar, calcular, proponer y regular la percepción de cualquier
tipo de ingresos municipales.
b) Colaborar con la Secretaria de Planificación Comunal, en la
elaboración del Presupuesto Municipal.
c) Visar los Decretos de Pago.
d) Llevar la Contabilidad Municipal en conformidad con las normas de
la contabilidad
nacional y con las instrucciones que al respecto imparte la
Contraloría General de la
República.
e) Controlar la gestión financiera de los recintos y/o de las
empresas municipales.
f) Efectuar los pagos municipales, manejar cuentas bancarias
respectiva y rendir
cuenta a la Contraloría General de la República y
g) Recaudar y percibir los ingresos municipales y fiscales que
corresponda.
h) Controlar y recaudar los ingresos provenientes de los diferentes
derechos de
cementerio, contemplados en la Ordenanza Municipal vigente;
i) Desarrollar Informes Financieros de los diferentes programas
desarrollados por la
Ilustre Municipalidad de Ñiquén.
j) Otras funciones que la Ley o el Alcalde le encomiende.
Teléfono de contacto: 42-2203948.-
Cargo ocupado por el Sr. Cristofer Valdes.
El Departamento de Desarrollo Comunitario,
tiene como función:
a) Asesorar al Alcalde y también al H. Concejo Municipal en la
promoción del
desarrollo comunitario.
b) Prestar asesoría técnica a las organizaciones comunitarias,
fomentar su desarrollo y legalización, y promover su efectiva
participación en el municipio.
c) Proponer y ejecutar, dentro su ámbito y cuando corresponda,
medidas tendientes a materializar acciones relacionadas con: salud
pública, protección del medio ambiente, educación y cultura,
capacitación laboral, deporte y recreación, promoción del empleo,
fomento productivo local, y turismo.
d) Contraparte municipal en convenios con MIDEPLAN relacionada con
diversos
programas sociales.
e) Otras funciones que la Ley o el Alcalde le encomiende.
Teléfono de contacto: 42-2203913.-
Cargo Ocupado por la Sra. Oriana Angela Ortiz Morales.
La Dirección de Obras Municipales, tendrá como objetivo procurar el Desarrollo Comunal, y velar por el cumplimiento de las disposiciones legales que regular las edificaciones en el territorio comunal.
La Dirección de Obras Municipales, tendrá las
siguientes funciones generales, y
atribuciones:
a) Estudiar el Proyecto de Plan Regulador Comunal y promover sus
modificaciones;
b) Velar por el cumplimiento de las disposiciones del Plan Regulador
Comunal y de las
Ordenanzas correspondientes, para cuyo efecto gozará de las
siguientes
atribuciones:
1. Dar aprobación a los proyectos de obras de urbanización y de
construcciones, que en general se efectúen en las áreas urbanas y
urbano –
rurales. Ellas incluyen, tanto las obras nuevas como ampliaciones,
transformaciones y otras que determinan Leyes y Reglamentos;
2. Otorgar los Permisos de Edificación de las obras señaladas en el
número
anterior;
3. Dar aprobaciones a las Subdivisiones de predios urbanos y urbano
– rurales;
4. Fiscalizar la ejecución de dichas obras hasta el momento de su
recepción, y
5. Recibirse de las obras ya citadas y autorizar su uso.
c) Realizar tareas de inspección sobre las obras en uso, a fin de
verificar el
cumplimiento de las disposiciones legales y técnicas que las rijan;
d) Aplicar normas legales y técnicas para prevenir el deterioro
ambiental;
e) Confeccionar y mantener actualizado el catastro de las obras de
urbanización y
edificación realizadas en la comuna;
f) En general, aplicar las normas generales sobre construcción y
urbanización en la
comuna, y
g) Responsable de la Administración del Estadio Municipal de San
Gregorio y del
Gimnasio Municipal,
h) Otras funciones que la Ley señale o que le asigne el Alcalde, las
que ejecutará a
través de la Unidad que corresponda.
Teléfono de contacto: 42-2203925.-
Cargo Ocupado por la Sr. RIGOBERTO LEAL ORELLANA.
El Departamento de Tránsito y Transporte
Público tendrá como objetivo, velar por el
cumplimiento de las normas legales que regulan el tránsito y
transporte público y el mejoramiento de los sistemas de tránsito en
la comuna.
Funciones específicas:
a) Otorgar y renovar Licencias para conducir vehículos y Permisos de
Circulación;
b) Determinar el sentido de circulación de vehículos, por vías
públicas urbanas de la
comuna, en coordinación con los organismos de la administración del
Estado
competente en las vías públicas urbanas de la comuna.
c) Señalar adecuadamente las vías públicas;
d) Aplicar las normas generales sobre tránsito y transporte público
en la comuna.
e) Otras funciones que la Ley señale o que le asigne el Alcalde, las
que se ejecutarán a
través de la sección que corresponda.
f) Planificar estrategias para incrementar el Registro Comunal de
Permisos de
Circulación.
Teléfono de contacto: 42-2203940.-
Cargo Ocupado por el Sr. Claudio Dario Fuentevilla Isla.
La Secretaria Comunal de Planificación tiene como objetivo apoyar al Alcalde y al Concejo Municipal, en la definición de las políticas y en la elaboración, coordinación y evaluación de los Planes, Programas y Proyectos de Desarrollo Comunal.
La Secretaría Comunal de Planificación deberá
cumplir con las siguientes funciones
generales:
a) Servir de Secretaría Técnica permanente del Alcalde y del Concejo
Municipal en la
formulación de la estrategia municipal, como asimismo, en la
preparación y
coordinación de las Políticas, Planes, Programas y Proyectos de
Desarrollo de la
Comuna.
b) Asesorar al Alcalde en la elaboración de los proyectos de Plan de
Desarrollo
Comunal (PLADECO).
c) Formular y proponer, en coordinación con el Departamento de
Finanzas, los
Proyectos del Plan Financiero y Presupuesto Municipal conforme al
Plan de
Desarrollo Comunal, de manera que implementen los Programas y
Proyectos que
éste contemple en las áreas sociales, físicas, económicas y, en
general,
municipales.
d) Evaluar el cumplimiento de los Planes, Programas, Proyectos y del
Presupuesto
Municipal e informar sobre estas materias al Alcalde y al Concejo
Municipal.
e) Efectuar análisis y evaluaciones permanentes de la situación de
desarrollo de la
Comuna, con énfasis en los aspectos sociales y territoriales.
f) Fomentar vinculaciones de carácter técnico con los Servicios
Públicos y con el
Sector Privado de la Comuna.
g) Recopilar y mantener la información Comunal y Regional, atingente
a sus funciones.
h) Confeccionar los antecedentes administrativos, para la
adjudicación de contratos de
estudio que celebre la I. Municipalidad, necesarios para proyectos
con
financiamiento municipal o externo.
j) Confeccionar los antecedentes administrativos para los llamados a
propuestas,
relativos a ejecución de obras, previo informe unidad competente.
k) Desarrollar el proceso administrativo a través del portal Mercado
Público de
licitaciones públicas, privadas o trato directo, de su Dirección a
cargo.
i) Otras funciones que la Ley o el Alcalde le encomiende.